Espectáculos
Más de 200 mil pesos, esto cuesta la multa por revender boletos en la CDMX
En la Ciudad de México existe una Ley que regula la venta irregular de boletos y que impone multas a quienes incurren en ello
Este jueves 7 de mayo se realizó el concierto de BTS en la Ciudad de México. El Estadio GNP Seguros estuvo lleno de fanáticas en la calle que estaban buscando un boleto, tanto a través de un intercambio de artículos como discos edición especial y firmados, así como encontrar alguien que les revendiera un boleto.
Pero esta reventa no solamente ocurre desde que se lanzaron los boletos a la venta y se terminaron de manera inmediata. Muchos terminaron en plataformas de mercado secundario de venta irregular de boletos, así como en grupos de redes sociales o siendo ofertados a nivel de calle en las taquillas.
Esto hizo que se enfrentaran las ARMY con marchas y exigencias a las empresas boleteras, abriendo un debate sobre lo ilegal que podría llegar a ser este tipo de prácticas. En la Ciudad de México existe una Ley que regula la venta irregular de boletos y que impone multas a quienes incurren en ello.

¿Hay multa en CDMX por revender boletos?
De acuerdo con la Ley para la celebración de espectáculos públicos en la Ciudad de México, centro de su capítulo IV sobre la venta de boletos, artículo 33, se da a conocer que los titulares de dicho concierto tienen que poner a disposición del público los boletos de acceso en las taquillas del local, así como en otros lugares o locales diferentes operados tanto por personas físicas como morales.
En este sentido, se señala específicamente que «queda prohibida la venta de boletos en la vía pública y alterar el precio en el que se ofrezcan en la taquilla. De igual manera queda prohibida la reventa«. Esto, tiene varias consecuencias, mismas que son especificadas en las sanciones.
Sobre la reventa, se informa también que los responsables del concierto son los que deben estar al pendiente de la vigilancia de la reventa en las zonas contiguas a local donde se desarrolla, y están obligados también a notificar de inmediato a la Delegación cuando se presenten conductas que tengan que ver con la reventa.
Finalmente llegamos al párrafo de las sanciones, mismas que se especifican dentro del Artículo 82, donde se informa que las sanciones para quienes hagan acciones contrarias al Artículo 33, serán equivalentes de 2000 a 4000 veces la unidad de medida y actualización (UMA).
¿De cuánto es la multa por revender boletos en CDMX?
Actualmente, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) revela que las UMA’s en este 2026 tienen un valor de 117.31 pesos. En este sentido, exponen que el valor mensual de la UMA se calcula multiplicando su valor diario por 30.4 veces y su valor anual se calcula multiplicando su valor mensual por 12.
Esto nos deja un resultado de que las 2000 a 4000 veces de sanción que se imponen en la Ley, tendrían un valor desde los 234 mil 620 pesos y hasta los 469 mil 240 pesos. En esta ocasión, la ley no revela que tenga que haber tiempo de encierro para los infractores o revendedores.
Por otra parte, el Artículo 84 de la ley también indica que «en caso de reincidir en alguna de las infracciones sancionadas económicamente por la Ley, se aplicará el doble de la multa impuesta originalmente», esto sería un total de 469 mil 240 pesos a 938 mil 480 pesos.

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